Conocemos la enorme  gracia espiritual que tiene rezar el santo rosario, pero pocos saben acerca de la indulgencia que nos conoce de la Iglesia  través de esta devoción mariana.

La Concesión 17 del Enchiridion Indulgentiarum (Manual de Indulgencias) de la Penitenciaría Apostólica del Vaticano, nos dice que se concede indulgencia plenaria al fiel que “recite devotamente el Rosario mariano en una iglesia u oratorio, o en familia, en una comunidad religiosa, en una reunión de fieles y en general, cuando varios se reúnen para un fin honesto”.

La Iglesia concede indulgencia plenaria, una vez al día, al que rece una parte del Rosario en una iglesia, en un oratorio público, en familia o en una comunidad religiosa o asociación pía.

La  indulgencia es parcial, si es fuera de estas circunstancias.

El Rosario es una determinada manera de orar en la que distinguimos quince veinte  decenas de Avemarías, intercalando la oración del Señor, y meditando piadosamente en cada una de estas decenas los misterios de nuestra redención.

Sin embargo, se introdujo la costumbre de llamar también «rosario» a una tercera parte del mismo.

Respecto a la indulgencia plenaria se establece lo siguiente:
  1. Basta el rezo de sólo una cuarta parte del rosario: pero las cinco decenas deben rezarse seguidas.
  2. A la oración vocal hay que añadir la piadosa meditación de los misterios.
  3. En el rezo público, los misterios deben enriquecerse de acuerdo con la costumbre admitida en cada lugar; en el rezo privado, basta con que el fiel cristiano junte a la oración vocal la meditación de los misterios.
  4. Entre los Orientales, donde no existe la práctica de esta devoción, los patriarcas pueden establecer otras oraciones en honor de santa María Virgen (por ejemplo, entre los bizantinos el himno «Akáthistos», o el oficio «Paraclisis»), que gozarán de las mismas indulgencias que el rosario.

DECRETO: Se concede indulgencia plenaria a los fieles que reciten devotamente el himno «Akáthistos» en una iglesia u oratorio, en familia, en una comunidad religiosa o en una asociación piadosa. Así mismo, se han de cumplir las mismas condiciones establecidas -confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Sumo Pontífice-.

Indulgencias Parciales

La Iglesia también concede una indulgencia parcial por cada una de las Avemarías que se rezan durante el Rosario.

Condiciones necesarias para obtener las indulgencias:

1ª  Que se recen las cinco decenas del Rosario sin interrupción.

2ª  Que las oraciones sean recitadas y los Misterios meditados.

3ª  Si el Rosario es público, los Misterios deben ser anunciados.

4ª  Las tres siguientes:

1 Confesión sacramental (una semana antes o después)

2 Comunión Eucarística (una semana antes o después, aunque es conveniente que se reciba el mismo día),

3 Oraciones por las intenciones del Papa.

La indulgencia puede ser aplicada por los difuntos.

La indulgencia plenaria sólo puede ganarse una vez al día

(Excepto en peligro de muerte).

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